Por el cual se crea el comité para la racionalización de la gestión pública

Rango Decreto
Publicación 1981-08-14
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el Decreto 1050 de 1968, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario simplificar y racionalizar los tramites y procedimientos quo, en general, debenseguirse ante los distintos organismos y entidades de la Administración Pública, con el fin de dotar a esta de una mayor agilidad, tanto en lo que se refiere a las relaciones interinstitucionales, como en lo que respecta a su relaciones con los particulares; y

Que con tal propósito, debe procederse a la revisión de dichos trámites y procedimientos, así como de las leyes, decretos y demás normas que los contengan,

DECRETA:

Artículo 1º Crease el Comité para la Racionalización de la Gestión Pública, el cual tendrá un Consejo directivo integrado por los siguientes funcionarios:
Articulo 2º El Comité que se crea por el presente Decreto estará conformado así:
Articulo 3º El Comité tendrá un Director Técnico, cuyas funciones serán, entre otras, las siguientes:
Articulo 4º El Comité a que se refiere el presente Decreto, estará adscrito al Departamento Nacional de Planeación el cual podrá, en consecuencia, desarrollar toda clase de actividades necearías para permitir el cabal cumplimiento de las funciones de dicho Comité,
Artículo quinto. El Comité para la Racionalización de la Gestión Pública tendrá, las siguientes funciones:
Articulo 6º El Comité para la Racionalización de la Gestión Pública deberá presentar al Presidente de la República, cada tres (3) meses a partir de la fecha de expedición del presente Decreto, un informe sobre el avance de sus actividades, así como un informe final al culminar sus labores, el cual contendrá una síntesis de las tareas adelantadas por el Comité, junto con sus recomendaciones y conclusiones.
Articulo 7º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 17 de julio de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Secretario General, Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Manuel S. Urueta Ayola.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,

Federico Nieto Tafur.

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