Por el cual se delega una atribución al Ministro de Agricultura y Comercio y se adiciona el Decreto número 1664 del corriente año

Rango Decreto
Publicación 1935-12-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de la facultad que le confieren el artículo 135 de la Constitución y los artículos 67 y 69 del Código de Régimen Político y Municipal,

DECRETA:

Artículo único. Delégase al Ministro de Agricultura y Comercio la atribución que el artículo 36 del Decreto número 518 bis de 1931 reservó al Presidente de la República, para dar a la Sección de Provisiones las autorizaciones necesarias para adquirir elementos de los que tienen movimiento en las distintas dependencias nacionales, para uso de los Departamentos y Municipios que lo soliciten.

Queda en estos términos adicionado el Decreto número 1664 de 17 de septiembre del corriente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de octubre de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Agricultura y Comercio,

Francisco RODRIGUEZ MOYA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.