Por el cual se crean unos puestos, se fijan unos sueldos y se hacen unos nombramientos en el ferrocarril de Ibagué - Armenia

Rango Decreto
Publicación 1928-10-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Créanse en las Comisiones encargadas de los trabajos preliminares del ferrocarril de Ibagué-Armenia los puestos que en seguida se enumeran, con las asignaciones mensuales que se expresan, y nómbrase para desempeñar dichos puestos a los individuos que se expresan a continuación:

Jefe de Sección, S 475, Félix Fabre.

Jefe de Sección, $ 450, Augusto Bertrand.

Ingeniero Ayudante, $ 273, Albert Winteler.

Ingeniero Ayudante, $ 325, Emile Sarrouy.

Ingeniero Ayudante, $ 300, Leo Deltour.

Agente de transportes, $ 400, Guillermo Botero T.

Contador de almacén, $ 150, Mauricio Rochefort.

Médico Jefe, $ 400, André Routier.

Parágrafo. Todos los individuos indicados antes, a excepción de los señores Guillermo Botero y Mauricio Rochefort, devengarán sus sueldos desde la fecha de su llegada respectiva a puerto colombiano.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de octubre de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas,

Sotero PEÑUELA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.