Por el cual se crean unos puestos en el Ministerio de Gobierno y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1953-07-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el Decreto número 1600 de 1953,

DECRETA:

Artículo 1° Suprímense los siguientes cargos en el Ministerio de Gobierno-Policía Rural:
Abogado Jefe de la Sección de Orden Público, con sueldo mensual de $ 1.000.00
Oficial de Correspondencia, con sueldo mensual de 350.00
Artículo 2° Créanse en el Ministerio de Gobierno los siguientes empleos: Artículo 2° Créanse en el Ministerio de Gobierno los siguientes empleos: Artículo 2° Créanse en el Ministerio de Gobierno los siguientes empleos:
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En el Gabinete del Ministro: En el Gabinete del Ministro: En el Gabinete del Ministro:
Una Mecanotaquígrafa con sueldo mensual de $ 400.00
Un Oficial de Información, con sueldo mensual de 350.00
Artículo 3° El sueldo del Abogado General del mismo Ministerio, será de $ 1.000.00 mensuales.
Artículo 4° Suprímese el cargo de Ayudante de la Pagaduría del citado Ministerio y créase, en su reemplazo, el de Contador-Liquidador, con sueldo mensual de $ 350.00.
Artículo 5° El presente Decreto rige a partir del 1° de agosto venidero.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de julio de 1953

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces

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