Por el cual se modifica el Decreto número 1874 de 1934

Rango Decreto
Publicación 1934-10-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. El artículo único del De­creto número 1874 de 29 de septiembre úl­timo, quedará así:

Hácense los siguientes traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso:

Del artículo 353, Puerto de Gamarra $ 25,000
Del artículo 355 B, Puerto Magangué 40,000
Al artículo 354. Talleres fluviales 40,000
Al artículo 355 D, Puerto local de Barranquilla 25,000
Sumas iguales $ 65,000 65,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de octubre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

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