Por el cual se adiciona el artículo 1° del Decreto número 2222 de octubre de 1958

Rango Decreto
Publicación 1959-08-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE FOMENTO
Fuente SUIN-Juriscol
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en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 0228, de fecha 2 de julio del año de 1958, (artículo 9°), se dio una nueva organización a la Superintendencia Nacional de Transportes;

Que el mismo Decreto, en su artículo décimo, faculta al Gobierno Nacional para crear o suprimir cargos en la misma dependencia, y determinar las funciones correspondientes,

DECRETA:

Artículo primero. La Junta Asesora de la Superintendencia Nacional de Transportes, de que trata el artículo 1° del Decreto número 2222 de 1958, constará de cuatro (4) miembros versados en transporte, los cuales serán designados por el Ministerio de Fomento.
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 16 de julio de 1959.

ALBERTO LLERAS.

Ministro de Fomento.

Rodrigo Llorente Martínez,

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