Sobre presupuesto de rentas y gastos de la Comisaría Especial del Vichada, para la vigencia de 1930
(febrero 5)
SOBRE PRESUPUESTO DE RENTAS Y GASTOS DE LA COMISARIA ESPECIAL DEL
VICHADA, PARA LA VIGENCIA DE 1930
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto:
«DECRETO NUMERO 14 DE 1929
«(diciembre 24)
«sobre presupuesto de rentas y gastos de la Comisaría Especial del Vichada, para la vigencia fiscal de 1. ° de enero a 31 de diciembre de 1930.
«El Comisario Especial del Vichada,
«en uso de sus facultades legales,
«DECRETA:
| «Artículo 1° Fíjase el monto de las rentas de la Comisaría para el año de 1930, así: | «Artículo 1° Fíjase el monto de las rentas de la Comisaría para el año de 1930, así: |
|---|---|
| «Degüello | 100 |
| «Auxilio nacional | 12,000 |
| «Suma | 12,100 |
| «Distribúyese la suma de $ 12,100 para los siguientes gastos: | «Distribúyese la suma de $ 12,100 para los siguientes gastos: |
| «CAPITULO, I | «CAPITULO, I |
| «Departamento de Gobierno. | «Departamento de Gobierno. |
| «Artículo 2° Sueldo del Comisario en el año, a $ 200 mensuales | 2,400 |
| «Sueldo del Secretario, a $ 140 mensuales | 1,680 |
| «Artículo 3° Sueldo del Alcalde de Orinoco, a $ 80 mensuales | 960 |
| «Sueldo del Secretario del mismo, a $ 30 mensuales | 360 |
| «Artículo 4° Sueldos de los siguientes Corregidores: | «Artículo 4° Sueldos de los siguientes Corregidores: |
| «Del Corregidor de Puerto Carreño, a $ 40 mensuales | 430 |
| «Del Secretario del mismo, a $ 20 mensuales | 240 |
| «Del Corregidor de San Rafael Murillo, a $ 40 mensuales | 480 |
| «Del Secretario del mismo, a $. 20 mensuales | 240 |
| «Del Corregidor de Amanavén, $ 40 mensuales | 480 |
| «Del Secretario del mismo, a $ 20 mensuales | 240 |
| «Del Corregidor de San José del Vichada, a $ 40 mensuales | 480 |
| Del Secretario del mismo, a $ 20 mensuales $ | 240 |
| «Artículo 5° Sueldo de cinco Gendarmes, a $ 40 mensuales cada uno. | 2,400 |
| «Artículo 6° Para conducción y raciones de presos pobres | 100 |
| «CAPITULO II | «CAPITULO II |
| «Obras Públicas. | «Obras Públicas. |
| «Artículo 7°Para dar principio a una obra de defensa contra las inundaciones del Orinoco en la casa de la Comisaría, según lo acuerde la Junta de Obras Públicas | 300 |
| «Parágrafo. Se destina también para la misma obra la suma en que se calcula la renta de degüello | 100 |
| «CAPITULO III | «CAPITULO III |
| «Instrucción Pública. | «Instrucción Pública. |
| «Articulo 8° Para proveer de muebles a las escuelas públicas | 40 |
| «Artículo 9° Para premios de los niños en los exámenes finales | 10 |
| «CAPITULO IV | «CAPITULO IV |
| «Material. | «Material. |
| «Artículo 10, Para provisión de útiles de escritorio y alumbrado para las oficinas de la Comisaría y sus dependencias, a razón de $ 15 mensuales | 180 |
| «Artículo 11. Para proveer a la Comisaría de una máquina de escribir | 70 |
| «Para la reparación de embarcaciones | 30 |
| «CAPITULO V | «CAPITULO V |
| «Gastos varios. | «Gastos varios. |
| «Artículo 12. Para la celebración de las fiestas patrias | 100 |
| «Para viáticos del Comisarlo en las visitas oficiales que practique dentro del territorio de la Comisaría | 400 |
| «Para gastos imprevistos | 90 |
| «Total | 12,100 |
| «Artículo 13. De las partidas destinadas en este presupuesto para obras públicas, viáticos del Comisario y gastos imprevistos, no se podrá disponer sin resolución previa en cada caso que debe ser consultada con el Ministerio de Gobierno; y en cuanto se refiere a obras públicas, debe también consultarse con la Junta de Obras Pública. «Remítase original al señor Ministro de Gobierno para la aprobación del Poder Ejecutivo. «Dado en Puerto Carreño a 24 de diciembre de 1929. «El Comisario Especial, «Benigno Acosta Salas «El Secretario, Alejandro Pinzón.» | «Artículo 13. De las partidas destinadas en este presupuesto para obras públicas, viáticos del Comisario y gastos imprevistos, no se podrá disponer sin resolución previa en cada caso que debe ser consultada con el Ministerio de Gobierno; y en cuanto se refiere a obras públicas, debe también consultarse con la Junta de Obras Pública. «Remítase original al señor Ministro de Gobierno para la aprobación del Poder Ejecutivo. «Dado en Puerto Carreño a 24 de diciembre de 1929. «El Comisario Especial, «Benigno Acosta Salas «El Secretario, Alejandro Pinzón.» |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 5 de febrero de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Gobierno,
Gabriel RODRIGUEZ DIAGO
Digitó: 52.741.900
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