Por el cual se adiciona el Decreto número 1624 de 1948

Rango Decreto
Publicación 1950-02-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. El personal de las Fuerzas Militares destinado o que se destine a prestar sus servicios en comisión al Instituto Geodésico Interamericano tendrá derecho, mientras se encuentre en viaje o permanezca en un lugar distinto a su guarnición, a los auxilios de marcha y de permanencia señalados por el artículo 6° del Decreto número 1624 de 1948, o a la cantidad diaria e individual de cinco pesos ($ 5) cuando tales auxilios, por razón del grado o categoría, sean inferiores a esta suma.
Artículo 2°. En los términos del presente Decreto, que rige desde el primero (1°) de enero de 1950, se modifican y adicionan las disposiciones pertinentes del Decreto número 1624 de 1948.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 25 de enero de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Guerra,

Teniente General Rafael SANCHEZ AMAYA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.