Por el cual se adiciona una apropiación (Ramo de Carreteras)
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA :
Artículo primero. Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 108, artículo 1641 "para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales", adiciónase la apropiación del Ordinal N) -Zona de Carreteras de Popayán, en $ 100.000.00, con la siguiente distribución especial:
| Para la carretera Popayán-Puracé- La Plata | $ | 30.000.00 |
|---|---|---|
| Para la carretera Silvia-Totoro | 30.000.00 | |
| Para la carretera Coconuco-Paletará-lsnos | 20.000.00 | |
| Para el Aeródromo de Popayán | 20.000.00 | |
| $ | 100.000.00 |
Artículo segundo. Del saldo de la partida global apropiada en el Capítulo 108 artículo 1641 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1952, "para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales" hácese la siguiente distribución parcial:
| Capítulo 108, artículo 1641. | ||
|---|---|---|
| Ordinal Z-17) Para la carretera Palmira-Pradera | ||
| La Florida, límite con el Departamento del cauca y los del trayecto de la carretera Palmira-Chinche | ||
| $ | 100.000.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de agosto de 1952.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Secretario General del Ministerio de Obra Públicas, encargado del Despacho, Argelino Durán Quintero.
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