Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento e inversión para la vigencia fiscal de 1962. (Ministerio Agricultura), por la suma de $ 1.119.957

Rango Decreto
Publicación 1962-08-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que para la buena marcha de la Admiración Pública, y el cabal cumplimiento de las obligaciones del Gobierno, se requiere, incrementar algunas apropiaciones del Presupuesto para la vigencia fiscal- de 1962;

Que el Contralor General de la República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 y l de los Decretos legislativos números 0164 de 1950 y 1599 de 1953, ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 69 de julio 17 de 1962;

Que en armonía con lo dispuesto en el artículo l del citado Decreto legislativo número 1599-de 1953, las traslaciones de apropiaciones entre artículos de un mismo Capítulo del Presupuesto Nacional, o entre artículos de distintos Capítulos da un mismo Ministerio o Departamento Administrativo no requieren la aprobación previa del Consejo de Ministros, y

Que se han observado todas las normas legales requeridas para esta clase de negocios, según se deduce del expediente levantado al efecto,

DECRETA:

Artículo primero Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento e inversión para la presente vigencia fiscal:

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Ministerio de Agricultura

Contracréditos

I.-Gastos directos del Ministerio.

CAPITULO 0703

Dirección General.

Programa I. Administración de la Dirección.

Servicios personales

102, 111. Artículo 07017 Renumeración de servicios técnicos $100.000

CAPITULO 705

Oficina Jurídica.

Servicios personales.

101, 111. Artículo 07061. Remuneración de servicios técnicos 65.000
Servicios generales. 106, 111. Artículo 07066.Viáticos y gastos de viaje 35.000

CAPITULO 0706

Programa I. Administración de la Jefatura.

Servicios personales

101, 211. Artículo artículo 0703 Plan capacitación técnica del personal 100.000

CAPITULO 0709

División de Recursos Naturales

Programa II. Control de Aguas.

Subprograma 1. Estudio y reglamentación general de aguas:

Gastos generales.

106, 217. Artículo 07115. Reparación y conservación de canales $37.000

Subprograma 2: estudio reglamentación regional de aguas.

Gastos genérales.

105, 217. Artículo 07122. Compra de equipo 70.250

CAPITULO 0710

División de tierras.

Programa I. Administración de la División.

Gastos generales.

106, 217. Articuló 07131. Materiales y suministros 4.750
105, 217. Artículo 07132. Compra de equipo 1.000
106, 217. Artículo 07133, Viáticos y gastos, de viaje 3.700
105, 217. Artículo 07134. Mantenimiento y aseguros 4.000
106, 217. Artículo 07135. Impresos y publicaciones 5.000

Programa II. Colonización y baldíos.

Subprograma I. Estudios genérales sobre colonización y baldíos.

Servicios personales.

101, 217. Artículo 07137. Jornales 9.167

Gastos genérales.

106, 217. Artículo 07140. Materiales y suministros 4.150
105, 217. Artículo 07141. Compra de equipo 5.000
106, 217. Artículo 07142 Viáticos y gastos de viaje 4.000
105, 217. Artículo 07143. Mantenimiento y aseguros 1.000
106, 217. Artículo 07144. Impresos y publicaciones 7.000

Subprograma 2. Estudios regionales sobre colonización y baldíos.

Servicios personales.

101, 217. Artículo 07146: Jornales 15.750

Gastos genérales.

106, 217. Artículo 07149. Materiales y suministros 19.500
105, 217. Artículo 07150. Compra de equipo 26.600
106, 217. Artículo 07151. Viáticos y gastos de viaje 77.500
105, 217. Artículo 07152. Mantenimiento y aseguros 28.000
106. 217. Articuló 07153. Ingresos y publicaciones 2.100

Programa III. Parcelaciones y estudios técnicos.

Servicios personales.

101, 217. Artículo 07155. Jornales 9.167

Gastos generales.

106, 217. Artículo 07158. Materiales y suministros 10.500
106, 217. Artículo 07159. Compra de equipo 20.000
106, 217. Artículo 07160. Viáticos y gastos de viaje 65.000
105, 217. Artículo 07161. Mantenimiento y aseguros 2.000
106, 217. Artículo 07162. Impresos y publicaciones 4.950

CAPITULO 0711

División de Extensión Agropecuaria.

Programa IV. Extensión Agropecuaria Regional.

Servicios personales.

101, 214. Artículo, 07185. Sueldos del personal de nómina 108.100
101, 214. Artículo, 07187. Jornales 10.500

Gastos generales.

106, 214. Artículo 07190. Materiales y suministros $20.000
105, 214. Artículo 07191. Compra de equipo 96.538
106, 214. Artículo 07192. Viáticos y gastos de viaje 57.000
105, 214. Artículo 07193. Mantenimiento y aséguros 10485
106, 214. Artículo 07194. Impresos y publicaciones 12.300

CAPÍTULO 0713

Jefatura Rama Administrativa.

Programa I. Administración de la Jefatura y Grupo de Compras.

Servicios personales:

101, 111. Artículo 07226. Remuneración de servicios técnicos 67.950
Suman los contracréditos $1.119.957

Créditos.

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

I-Gastos directos del Ministerio.

Á) DIRECCIÓN DEL MINISTERIO

CAPÍTULO 0701

Gabinete del Ministro.

Servicios .personales.

101, 111. Artículo 07001. Sueldos del personal de nómina 180

CAPITULO 0702

Secretaria General

Servicios personales

101, 111. Artículo 07009. Sueldos del personal dé nómina 2.400

CAPITULO 0704

Oficina de Planeamiento, Coordinación y Evaluación.

Programa III Estudios Regionales

Servicios persónales.

102, 111. Artículo 07048. Indemnización por vacaciones 550

CAPITULO 0710

División de Tierras.

Programa II Colonización y baldíos.

Subprograma 1. Estudios generales sobre colonización y baldíos.

Servicios personales.

102, 217. Artículo 07139. Indemnización por vacaciones 3.000

Subprograma 2. Estudios Regionales sobre colonización y baldíos.

Servicios personales.

102, 217. Artículo 07148. Indemnización por vacaciones 5.000

Programa III. Parcelaciones y estudios técnicos.

Servicios personales.

102, 217 Artículo 07157. Indemnización por vacaciones

CAPITULO 0711

División de Extinción Agropecuaria.

Programa I. Administración dé la División y Material dé Divulgación.

Servicios personales.

102, 214. Artículo 07165. Indemnización por vacaciones

Programa IV. Extensión Agropecuaria Regional.

Servicios persónales.

101, 214. Artículo, 07186/1 y Sueldos del personal de nómina 108.100
101, 214. Artículo 07186/2 Jornales 10.500

Gastos generales.

106, 214. Artículo 07186/5 Materiales y suministros $ 20.000
105, 214. Artículo 07186/6 compra de equipo 83.800
106, 214. Artículo 07186/7 Viáticos y gastos de viaje 22.000
105, 214. Artículo 07186/9 Mantenimiento y aseguros 10.485
106, 214. Artículo 07186/10. Impresos y publicaciones 12.300
C) RAMA ADMINISTRATIVA.
CAPITULO .0713.
Jefatura Rama Administrativa.
Programa I. Administración de la Jefatura y Grupo de Compras.
Servicios personales.
102, 111. Artículo. 07228. Indemnización por vacaciones 3.000
CAPITULO 0714
División de Personal.
Programa I. Administración dé la División.
Servicios personales.
101, 111. Artículo 07233 Sueldos del personal de nómina 34.592
102, 111 Articulo 07235. Indémnización por vacaciones 2.000
Gastos generales.
105, ll1. Artículo 57237. Compra de equipo 20.000
106, 111. Artículo 07238. Viáticos y gastos de viajé 10.000
105, 111. Artículo 07239. Mantenimiento y aseguros 3.000
CAPITULO 0716
División de Servicios Generales.
Programa I. Administración de la División.
Servicios personales.
101, 111. Artículo 07261. Sueldos del personal de nómina 6.150
101, 111. Artículo 07262. Pago de días feriados 2.000
101, 111. Artículo 07263. Jornales 50.000
Gastos Generales.
105, 111. Artículo 07267. Compra de equipo 120.000
106, 111. Artículo 07269. Servicio de comunicaciones 40.000

II.-Gastos Indirectos del Ministerio.

Financiamiento a cargo del Ministerio.

CAPITULO 0717

Programa I. Fomento de la educación agrícola.

Transferencias.

205, 215. Artículo 07274. Aporté a otras entidades 50.000
205, 215. Artículo 07276, Facultades de Agronomía y Veterinaria 250.00

Programa V. Aporte a varias entidades.

Transferencias.

205, 215 Articuló 07287. Sociedad de Agricultores 20.000
203, 218. Artículo 07288. Ferias-Exposiciones 50.000

Coordinación Ejecutiva.

CAPITULO 2601

Programa. I. Administración Zonas Agropecuarias.

Servicios personales.

406. 214, Artículo 26004. Indemnización por vacaciones 36.000

Así:

Ordinal 1° Antioquia 2.000
Ordinal 2° Atlántico 2.000
Ordinal 3° Bolívar 2.000
Ordinal 4° Boyacá 2.000
Ordinal 5° Caldas 2.000
Ordinal 6° Cauca 2.000
Ordinal 7° Córdoba 2.000
Ordinal 8° Cundinamarca 2.000
Ordinal 9° Chocó 2.000
Ordinal 10. La Guajira 2.000
Ordinal 11. Huila 2.000
Ordinal 12. Magdalena 2.000
Ordinal 13. Meta 2.000
Ordinal 14. Nariño 2.000
Ordinal 15. Norte de Santander 2.000
Ordinal 16. Santander 2.000
Ordinal 17. Tolima 2.000
Ordinal 18. Valle del Cauca 2 .000

Gastos generales.

406 214. Artículo 26006/1° Antioquia. Compra de equipo 4.000
Programa II Supervisión de Cultivos Zonas Agropecuarias.
Servicios personales.
406, 214. Artículo 26016. Indemnización por vacaciones 17.100
Así:
Ordinal 1° Antioquia 950
Ordinal 2° Atlántico 950
Ordinal 3° Bolívar 950
Ordinal 4° Boyacá 950
Ordinal 5° Caldas 950
Ordinal 6° Cauca 950
Ordinal 7° Córdoba 950
Ordinal 8° Cundinamarca 950
Ordinal 9° Chocó 950
Ordinal 10. La Guajira 950
Ordinal 11. Huila 950
Ordinal 12. Magdalena 950
Ordinal 13. Meta 950
Ordinal 14. Nariño 950
Ordinal 15. Norte de Santander 950
Ordinal 16. Santander 950
Ordinal 17. Tolima 950
Ordinal 18. Valle del Cauca 950

Programa III. Supervisión de Ganadería. Zonas Agropecuarias.

Servicios personales.

106, 213. Artículo 26028. Indemnización por vacaciones 17.100
Así:
Ordinal 1°Antioquia 950
Ordinal 2° Atlántico 950
Ordinal 3° Bolívar 950
Ordinal 4° Boyacá 950
Ordinal 5° Caldas 950
Ordinal 6° Cauca 950
Ordinal 7° Córdoba 950
Ordinal 8° Cundinamarca 950
Ordinal 9° Chocó 950
Ordinal 10. La Guajira 950
Ordinal 11. Huila 950
Ordinal 12. Magdalena 950
Ordinal 13. Meta 950
Ordinal 14. Nariño 950
Ordinal 15. Norte de Santander 950
Ordinal 16. Santander 950
Ordinal 17. Tolima 950
Ordinal 18. Valle del Cauca 950

Programa IV. Supervisión de Recursos Naturales. Zonas Agropecuarias.

Servicios personales.

407. 215. Artículo 26040. Indemnización por vacaciones 17.100
Así:
Ordinal 1° Antioquia 950
Ordinal 2° Atlántico 950
Ordinal 3° Bolívar 950
Ordinal 4° Boyacá 950
Ordinal 5° Caldas 950
Ordinal 6° Cauca 950
Ordinal 7° Córdoba 950
Ordinal 8° Cundinamarca 950
Ordinal 9° Chocó 950
Ordinal 10. La Guajira 950
Ordina1 11. Huila 950
Ordinal 12. Magdalena 950
Ordinal 13. Meta 950
Ordina1 14. Nariño 950
Ordinal 15. Norte de Santander 950
Ordinal 16. Santander 950
Ordinal 17. Tolima 950
Ordinal 18. Valle del Cauca 950

Programa V. Supervisión de Extensión. Zonas Agropecuarias.

Servicios personales.

406 214. Artículo 26053. Indemnización por vacaciones 16.150

Así:

Ordinal 1° Antioquia 950
Ordinal 2°Atlántico 950
Ordinal 3° Bolívar 950
Ordinal 4° Boyacá 950
Ordinal 5° Caldas 950
Ordinal 6° Cauca 950
Ordinal 7° Córdoba 950
Ordinal 8° Cundinamarca 950
Ordinal 9° Chocó 950
Ordinal 10. La Guajira 950
Ordinal 11. Huila 950
Ordinal 12. Magdalena 950
Ordinal 13. Meta 950
Ordinal 14. Nariño 950
Ordinal 15. Norte de Santander 950
Ordinal 16. Santander 950
Ordinal 17. Tolima 950

División de Ganadería.

CAPITULO 2603

Programa I. Sanidad Pecuaria.

Servicios personales.

406, 213. Artículo 26097 Jornales 30.000

Programa II. Zootecnia y Nutrición Animal.

Servicios personales.

406, 213. Artículo 26110. Jornales 15.000

Programa V. Inseminación Artificial y Patología Genital.

Servicios personales.

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