Por el cual se aclara el marcado con el número 1706, en relación con el número 1680 del presente año
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Lo dispuesto en Decreto número 1706, de 9 de septiembre del presente año, "por el cual se reglamenta el artículo 1º de la Ley 6ª de 1936, que concede derecho a una jubilación", no modifica ni reforma decisiones dictadas anteriormente sobre solicitudes de retiro de Oficiales de la Aviación Militar.
Queda así aclarado el alcance del Decreto número 1706, de 9 de septiembre del presente año, en relación con el Decreto número 1680, de fecha 4 del mismo mes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de octubre de 1940.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Guerra,
José Joaquín CASTRO M.
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