por el cual se aprueba una Resolución de la Junta Directiva del Banco de la República
El Presidente de la República de Colombia,en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único.Apruébase la siguiente resolución de la junta directiva del Banco de la República:
"RESOLUCION NUMERO 4 DE 1964
(julio 23)
La Junta Directiva del Banco de la República,
en desarrollo del artículo 15 del decreto-ley 1734 de 1964,
RESUELVE.
"Artículo 1º.El Banco de la República reconocerá a los productores de oro, a nombre del gobierno nacional, una prima de $ 15.00 por cada onza troy fina que le vendan y proporcionalmente por gramo de oro físico.
"Parágrafo.Se exceptúan de lo dispuesto en este artículo los pequeños productores, a quienes se les continuará reconociendo la prima minera a razón de $ 27.06 por cada onza troy fina y proporcionalmente por gramo de oro físico, según lo dispone la resolución 15 de 1960.
"Artículo 2º.Las cantidades que tenga que cubrir el Banco de la República por concepto de la prima minera se cargarán a la cuenta especial de cambios.
"Artículo 3º.Esta resolución rige desde la fecha en que sea aprobada por el gobierno nacional".
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de julio de 1964.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Diego Calle Restrepo.
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