por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967. (Ministerio de Educación Nacional), por $ 8.229.000

Rango Decreto
Publicación 1967-11-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y,

CONSIDERANDO:

Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, mediante decreto, los créditos presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las disposiciones impuestas por el Decreto - ley 1675 de 1964;

Que por medio de la Resolución ejecutiva número 236 de 1967, se declararon sobrantes algunos saldos del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación Nacional, por carecer de compromisos y en la misma providencia, se solicita la apertura de unos créditos adicionales al mismo Presupuesto, por valor de $8.229.000, a fin de atender a la reconstrucción y reparación de establecimientos educativos afectados por los terremotos ocurridos en el presente año, y a la construcción y dotación del edificio del Ministerio de Educación Nacional;

Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 37 de 1967, por $8.229.000 y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:

Presupuesto de inversión.

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 1131

Rama Técnica.

Programa 1133.

Construcción y dotación de colegios de enseñanza media.

Subprograma 6. Construcción y dotación de Institutos de educación media.

Inversión Directa.

Fondos de Contrapartida,

(Ley 12 de 1965 y Decreto 2041 de 1966)

506, 313. Artículo 11349. Construcción y dotación de Institutos de Educación Media, en las siguientes ciudades. $ 8.229.000
Proyecto 2. Núcleo Educativo, Cali. 113.000
Proyecto 3. Núcleo Educativo, Bucaramanga. 4.500.000
Proyecto 4. Núcleo Educativo^ Medellín 3.616.000
Suman los contracréditos $ 8.229.000

"Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:

Presupuesto de Inversión.

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 1131

Rama Técnica.

Programa 1136.

Reparación y mantenimiento de edificios y planteles nacionales.

Inversión Directa.

Fondos de Contrapartida.

(Ley 12 de 1965 y Decreto número 2041 de 1966)

502, 313. Artículo 11352-A. Reparación y mantenimiento de planteles educativos en los Departamentos e Intendencias. 1.000.000

Departamento del Cauca:

Proyecto 1. Escuela Anexa a la Normal de Señoritas, de Popayán $ 30.000
Proyecto 2. Colegio Francisco A. Ulloa, Popayán. 50.000

Programa 1133.

Construcción y dotación de colegios de enseñanza media.

Subprograma 6.

Construcción y dotación de Institutos de Educación Media.

Inversión Directa.

Fondos de Contrapartida.

(Ley 12 de 1965 y Decreto 2041 de 1966)

506, 313. Artículo 11349. Construcción y dotación de Institutos de Educación Media, en las siguientes ciudades $ 8.229.000
Proyecto 2. Núcleo Educativo, Cali 113.000
Proyecto 3. Núcleo Educativo, Bucaramanga 4.500.000
Proyecto 4. Núcleo Educativo, Medellín 3.616.000
Suman los contracréditos $ 8.229.000
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:

Presupuesto de Inversión.

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 1131

Rama Técnica.

Programa 1136.

Reparación y mantenimiento de edificios y planteles Nacionales.

Inversión Directa.

Fondos de Contrapartida.

(Ley 12 de 1965, y Decreto número 2311 de 1966)

502, 313. Artículo. 11352-A. Reparación y mantenimiento de planteles educativos en los Departamentos e Intendencias $ 1.000.000

Departamento del Cauca:

Proyecto 1. Escuela Anexa a la Normal de Señoritas, de Popayán $ 30.000
Proyecto 2. Colegio Francisco A. Ulloa, Popayán 50.000
Proyecto 26. Escuela Primaria, Florencia 10.000
Proyecto 27. Escuela Hogar, San Vicente del Caguán 15.000
Proyecto 28. Colegio Dante, San Vicente del Caguán 15.000
Proyecto 29. Escuela Primaria, Belén. 15.000
Proyecto 30. Escuela Guacamayas 65.000

Programa. 1136 - A.

Construcción y dotación de edificios nacionales.

Inversión Directa.

Fondos de Contrapartida.

(Ley 12 de 1965 y Decreto número 2041 de 1966).

502, 313. Artículo 11352-B. Construcción y dotación del edificio para el Ministerio de Educación Nacional 7.229.000
Proyecto 1. Construcción y dotación del edificio para funcionamiento del Ministerio de Educación Nacional, en Bogotá. $ 7.229.000
Suman los créditos $ 8.229.000
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 23 de octubre de 1967.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.

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