por el cual se modifica la conformación del Consejo para la Coordinación del Transporte Internacional por Carretera

Rango Decreto
Publicación 1996-10-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el artículo 3º de la Ley 105 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 182 del 31 de enero de 1997, se creó el Consejo para la Coordinación del Transporte Internacional por Carretera,

Que mediante Decreto 1171 del 6 de junio de 1989, se modificó la conformación del Consejo para la Coordinación del Transporte Internacional por Carretera;

Que por Ley 7ª de 1991 se creó el Ministerio de Comercio Exterior, y mediante Decreto 2350 de 1991, se incorpora con voz y voto al Consejo para la Coordinación del Transporte Internacional por Carretera;

Que mediante Decreto 2171 de 1992, se suprime el Instituto Nacional de Transporte y Tránsito, Intra y se reestructura el Ministerio de Obras Públicas y Transporte, en Ministerio de Transporte asumiendo las funciones del Intra;

Que dentro del proceso de modernización del Estado se reestructuraron otras entidades variando su denominación o la de algunas de sus dependencias, las cuales no corresponden a las establecidas en el Decreto 1171 del 6 de junio de 1989;

Que se hace necesario modificar y unificar la conformación del Consejo para la Coordinación del Transporte Internacional por Carretera que prevé el artículo 2º del Decreto 182 del 31 de enero de 1977,

DECRETA:

Artículo 1º. El Consejo para la Coordinación del Transporte Internacional por Carretera estará conformado por los siguientes miembros:

Parágrafo. Los representantes de los transportadores serán designados por el Ministerio de Transporte.

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 1171 de 1989 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 28 de octubre de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Transporte,

Carlos Hernán López Gutiérrez.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.