Por el cual se hace un traslado dentro del capítulo 67 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del día 25 de noviembre último, accedió a la solicitud del Ministerio de Obras Públicas sobre traslado de una suma dentro del capítulo 67 del Presupuesto en curso,
decreta:
Artículo 1° Trasládase la suma de $10,812 29, del artículo 698 D, capítulo 67, de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, al artículo 698 del mismo capítulo.
Artículo 2° Por el Ministerio de Obras Públicas se dará oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el parágrafo del artículo 17 de la Ley 34 de 1923.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 2 de diciembre de 1927.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Salvador FRANCO.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.