por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967. (Fondo Vial Nacional), por $ 37.805.000

Rango Decreto
Publicación 1967-11-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Auditor General ante el Ministerio de Obras Públicas ha expedido el certificado de disponibilidad número 3, de octubre 4 del año en curso, y

Que existen sobrantes de apropiación con los cuales se puede financiar la continuación de obras cuyas partidas son insuficientes,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes contracréditos y créditos en el Presupuesto de Gastos del Fondo Vial Nacional:

Contracréditos,

Inversión Directa.

Programa 02.

Construcción y reconstrucción de puentes.

461, 264. Artículo 02. Estudio, construcción y reconstrucción de puentes $ 5.700.000

Programa 04.

Construcción de carreteras troncales.

460, 264, 011-00. Artículo 07. Construcción, reconstrucción, y pavimentación de la Carretera Troncal Occidental 9.000.000
011-01. Proyecto 1. Rumichaca - Ipiales - Pasto - Popayán 5.000.000
011-07. Proyecto 4. Medellín - Caucasia - Sincelejo 4.000.000

Inversión indirecta.

Programa 07

Transferencias.

589, 268. Artículo 23. Aporte a la Corporación Financiera del Transporte, para pago del subsidio al transporte urbano colectivo 23.105.000
Suman los contracréditos 37.805.000

Créditos

Inversión Directa.

Programa 01.

Estudios y servicios técnicos.

490, 281. Artículo 01. Estudios de vías de comunicación y contratación de servicios técnicos. 2.000.000

Programa 03.

Conservación de carreteras.

460, 264. Artículo 03. Conservación, adiciones y mejoras en las carreteras nacionales, (jornales, sueldos y gastos) 15.000.000

Programa 04.

Construcción de carreteras troncales

460, 264, 061 - 00. Artículo 08. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal Central 1.800.000
061-06. Proyecto 4. Bogotá - Ubaté - Chiquinquirá1 1.800.000
460, 264, 091 - 00. Artículo 09. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal de los Llanos. 091 - 06. Proyecto 5. Unete - Aguazul - Yopal - Pore - Tame 300.000
460, 264, 091 - 00. Artículo 09. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal de los Llanos.
490, 264, 002 - 00. Artículo 11. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal Transversal del Caribe, 1.400.000
002-05. Proyecto 1. Puerto Rey - Montería. 500.000
002-06. Proyecto 2. Montería - Cereté - Lorica - Coveñas - Tolú 800.000
460, 264, 001-00. Artículo 12. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Panamericana 1.000.000
001-13. Proyecto 3: Los Alpes - Cambao 1.000.000
460, 264, 091 - 00. Artículo 09. Construcción, reconstrucción y pavimentación de la Carretera Troncal de los Llanos.
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Programa 05.

Construcción de otras carreteras.

460, 264. Artículo 17. Construcción, reconstrucción 16.005.000
100-00. Proyecto 1. Medellín - Puerto Berrío 1.000.000
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109-00. Proyecto 5. Algeciras - San Vicente de Caguán 150.000
117-00. Proyecto 9. Rosas - La Sierra - San Sebastián 300.000.
138-00 Proyecto 20. Armenia - Montenegro 1.000.000
145-00 Proyecto 24, Honda - Dorada 1.000.000
155-00. Proyecto 29. Purificación - Cunday 1.000.000
165-00. Proyecto 34. Salgar - Puerto Boyacá Puerto Olaya 1.500.000
171-00. Proyecto 38. San Vicente - El Carmen - La Mugrosa 900.000
179-00. Proyecto 41. Soeha - San Salvador 1.000.000
199-00. Proyecto .51. San Andrés - Ituango 500.000
207-00. Proyecto 56. Armero - Cambao 55.000
209-00. Proyecto 57. Garagoa - Miraflores, 500.000
211-00. Proyecto 58. Vado Hondo - Labranza grande 100.000
213-00. Proyecto 59. Mosquera - La Mesa 3.000.000
215-00. Proyecto 60. Variante de Armenia 1.000.000
217-00. Proyecto 61. San José - El Tablón- Las Mesas 700.000
219-00. Proyecto 62. Hatillo - Barbosa $1.000.000
221-00. Proyecto 63. Bogotá - El Cortijo 300.000
223-00. Proyecto 64. Urrao - Bebaramá - Quibdó 500.000
225-00. Proyecto 65. Armenia - Zarzal 500.000

Inversión indirecta.

Programa 08.

Estudios, construcción y reconstrucción de Caminos Vecinales.

589, 268. Artículo 26. Estudios, construcción y reconstrucción de Caminos Vecinales. 300.000
Proyecto 13. Norte de Santander. 300.000
Suman los créditos. $37.805.000
Artículo 2° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de octubre de 1967.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Obras Públicas, Bernardo Garcés Córdoba.

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