Por el cual se modifica la División Territorial Judicial del país, se crean unos despachos en el Ministerio Público, en la rama Jurisdiccional, se adicionan las plantas de personal de otros y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 1979-03-21
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 5° de 1977.

DECRETA:

Artículo 1.° Establecese la siguiente modificación a la División Territorial Judicial del País.

DEPARTAMENTO DE CÓRDOBA

Distrito Judicial de Montería

Circuitos Civiles y Penales

Creése el Circuito de planeta Rica con sede en dicha ciudad y competencia en los Municipios de Buenavista y Planeta Rica.

Artículo 2° Créanse los siguientes despachos en el Ministerio Publico en la Rama Jurisdiccional y adicionanse las plantas de personal de otros:

DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA

Distrito Judicial de Medellín

Tribunal Superior de Distrito Judicial

Fiscalías de Tribunal Superior de Distrito Judicial

Medellín: Dos (2) Fiscalías de Tribunal Superior de Distrito Judicial, cada una con:

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