Por el cual se modifica la División Territorial Judicial del país, se crean unos despachos en el Ministerio Público, en la rama Jurisdiccional, se adicionan las plantas de personal de otros y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia,
en desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley 5° de 1977.
DECRETA:
Artículo 1.° Establecese la siguiente modificación a la División Territorial Judicial del País.
DEPARTAMENTO DE CÓRDOBA
Distrito Judicial de Montería
Circuitos Civiles y Penales
Creése el Circuito de planeta Rica con sede en dicha ciudad y competencia en los Municipios de Buenavista y Planeta Rica.
Artículo 2° Créanse los siguientes despachos en el Ministerio Publico en la Rama Jurisdiccional y adicionanse las plantas de personal de otros:
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
Distrito Judicial de Medellín
Tribunal Superior de Distrito Judicial
Fiscalías de Tribunal Superior de Distrito Judicial
Medellín: Dos (2) Fiscalías de Tribunal Superior de Distrito Judicial, cada una con:
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