Por el cual se aumentan unos sueldos

Rango Decreto
Publicación 1900-11-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

En uso de sus facultades constitucionales, y

CONSIDERANDO:

3º. Que además de las funciones enumeradas, se han asignado al Cajero de dicho Banco, por exigirlo así el mejor servicio público y las necesidades urgentes de la guerra, las de Inspector General de la Litografía Nacional;

4º. Que el sobresueldo de cien pesos asignado al Pagador Central por Decreto legislativo número 521, de 27 de Octubre de 1899, completó un sueldo de $ 300 mensuales, insuficiente también para retribuír en justicia las funciones de este empleado, cuya labor se ha aumentado extraordinariamente por causa de la guerra y lo obliga a frecuentes trabajos nocturnos;

5º. Que el contabilista de la Litografía nacional debe ser persona que conozca perfectamente toda la tramitación relacionada con la fabricación y emisión de billetes,

DECRETA:

Art 1º Fíjase en $ 400 mensuales el sueldo del cajero principal del Banco Nacional.
Art 2º Fíjase en $ 400 mensuales el sueldo del Pagador Central de guerra.
Art 3º Asígnase un sobresueldo de $ 100 mensuales al Secretario de la Junta de Emisión, quien deberá desempeñar, además de sus funciones propias, las de Contabilista de la Litografía nacional.
Art 4º Los empleados mencionados en los dos primeros artículos de este Decreto, disfrutarán del sueldo que aquí se les asigna, á contar del 1º de Noviembre de 1899 en adelante.

Dado en Bogotá, á 5 de Noviembre de 1900.

JOSE MANUEL MARROQUÍN

El Ministro de Gobierno,

Guillermo Quintero C.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Carlos Martínez Silva

El Ministro de Hacienda,

Pedro Antonio Molina

El Ministro de Guerra,

José Domingo Ospina C

El Ministro de Instrucción Pública,

Miguel Abadía Méndez

El Ministro de Tesoro,

Enrique Restrepo García.

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