Por el cual se abren unos créditos adicionales -extraordinarios- al Presupuesto vigente. (Presidencia de la República)
La Junta Militar de Gobierno de Colombia,
obrando de conformidad con las disposiciones del artículo 121 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de seis millones setenta y un mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos con veinte centavos ($ 6.071.468.20) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente numeral:
| Recursos de Crédito. | ||
|---|---|---|
| Numeral 140. Producto de la emisión de los Pagarés números 2 a 7, con intereses del 5 1/2 % anual, expedidos para financiar el pago de la deuda a favor de la Casa Telefunken, de Berlín, Alemania, por concepto del suministro y montaje de instalaciones de radiodifusión, según lo dispuesto por el Decreto legislativo número 0129 de 1950 (US $ l.084.190.75 al cambio de 5.60 %) | $ | 6.071.468.20 |
| Total | $ | 6.071.468.20 |
| Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior; ábrese el siguiente crédito adicional - extraordinario- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: | ||
| --- | --- | --- |
| PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA | ||
| Capítulo 863 A. | ||
| Inversiones y gastos con recursos del crédito. | ||
| 116. Al artículo 0095-A. Para pagar a la Casa Telefunken, de Berlín, Alemania, en los Pagarés números 1 a 7 inclusive, del 5 1/2 % de interés anual, la deuda a su favor por concepto del suministro y montaje de instalaciones de radiodifusión, de, conformidad con lo dispuesto por el Decreto legislativo número 0129 de 1958 (US$ 1.084.190.75, al cambio del 5.60 %) | $ | 6.071.468.20 |
| Total | $ | 6.071.468.20 |
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 19 de junio de 1958.
Mayor General GABRIEL PARIS G.,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca. Vicealmirante Rubén Piedrahita Arango. Brigadier General Rafael Navas Pardo. Brigadier General LuisE. Ordóñez.
El Ministro de Gobierno,
Mayor General Pioquinto Rengifo
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Carlos Sanz de Santamaría
El Ministro de Justicia,
Rodrigo Noguera Laborde
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Jesús María Marulanda
El Ministro de Guerra,
Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya
El Ministro de Agricultura,
Jorge Mejía Salazar.
El Ministro del Trabajo,
Raimundo Emiliani Román
El Ministro de Salud Pública,
Juan Pablo Llinás
El Ministro de Fomento,
Harold Eder Caicedo
El Ministro de Minas y Petróleos,
Julio César Turbay Ayala
El Ministro de Educación Nacional,
Alonso Carvajal Peralta
El Ministro de Comunicaciones
Brigadier General Alfonso Ahumada Ruiz
El Ministro de Obras Públicas,
Roberto Salazar Gómez
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