Por el cual se crean unos cargos en Ia Dirección Seccional de Instrucción Criminal de Neiva

Rango Decreto
Publicación 1982-07-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades otorgadasporel artículo 17 de la Ley 78 de 1981,

DECRETA:

Artículo primero. Créase enla Dirección Seccional deInstrucciónCriminal deNeiva(Huila), los siguientes cargos:

Un (1) Escribiente Grado 7.

Cuatro (4)CitadoresGrado 4.

Artículo segundo.Los citadoresGrado4, creados en el artículo precedente, corresponderán a los Juzgados de Instrucción Criminal quefuncionan en el Departamento del Caquetá,
Artículo tercero. Losgastos que ocasione elcumplimiento del presente decreto, serán con cargo al capítulo 6, Articulo 3351, sueldo de personal de Nómina de los Tribunales, Instrucción Criminal, del Presupuesto de la Rama Jurisdiccional del Ministerio de Justicia, para la actual vigencia fiscal.
Artículo cuarto.Elpresente Decretorige apartir de la fecha desuexpedición.

Publíquese y ejecútese.

Dado enBogotá, D. E., a 6 deJuliode 1982,

JULIO CESAR TURBAYAYALA

El Ministro de Justicia,

Felio Andrade Manrique.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público (E),

Javier Fernández Riva.

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