por el cual se auxilia a los damnificados por una calamidad pública en el Municipio de Riosucio (Caldas)
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que en los días 4 y 5 de abril del presente año, fuertes vendavales azotaron la región indígena de Sipirra, Municipio de Riosucio, Departamento de Caldas, dejando a sus moradores en absoluta indigencia debido a la destrucción de sus sementeras, y
Que en ocasiones como esta el Gobierno considera de su deber auxiliar a los damnificados,
DECRETA:
Artículo primero. Destinase la suma de cincuenta mil pesos ($50.000.00) moneda legal, para auxiliar a los damnificados por los vendavales a que se refiere la parte motiva de este Decreto.
Artículo segundo. La suma indicada en el artículo anterior, será girada al Tesorero Municipal de Riosucio (Caldas) y distribuida proporcionalmente entre los damnificados, por una Junta integrada con los señores Alcalde y Personero Municipales, Cura Párroco y Promotor Regional de Acción Comunal del Departamento de Caldas, con base en el censo que sobre el particular fue enviado al Ministerio de Gobierno.
Artículo tercero. El Tesorero Municipal de Riosucio, sin perjuicio de las cuentas que debe rendir oportunamente a la Contraloría General de la República, informará detalladamente al Ministerio de Gobierno sobre la inversión del auxilio, dentro de los treinta (30) días siguientes contados a partir de la fecha en que se haya cumplido su total distribución.
Artículo cuarto. El gasto que implique el cumplimiento de este Decreto, se imputará al Capítulo 103, artículo 1075 del Presupuesto de la actual vigencia.
Artículo quintó. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Dado en Bogotá, D. E., a 24 de octubre de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Gobierno, Misael Pastrana Borrero. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.