Por el cual se destinan unas partidas presupuestales para atender a calamidades públicas
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere la Ley 77 de 1966, y
CONSIDERANDO:
Que a partir del 9 de febrero de 1967, vastas zonas del país han sido afectadas por movimientos telúricos y otras calamidades que han dejado cuantiosas pérdidas en bienes públicos y privados;
Que el movimiento sísmico del 29 de julio de 1967, afectó especialmente a varios Municipios del Departamento de Antioquia;
Que el Gobierno Nacional, por Decreto 1756 de 1967, incrementó el Presupuesto Nacional en la partida destinada para calamidades públicas, y
Que de acuerdo con el Decreto 267 de 1967, el Gobierno Nacional debe contribuir a la construcción y reconstrucción de los Hospitales, Centros de Salud, Edificios Públicos y demás obras que fueron afectadas por los movimientos telúricos,
DECRETA:
Artículo 1°. De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia Capitulo 103, artículo 1075 para calamidades públicas, destínase la suma de quinientos veinticinco mil pesos ($525.000.00) moneda corriente, para las siguientes obras en el Departamento de Antioquia, así:
Departamento de Antioquia.
| e) Para entregar al Tesorero Municipal de Abejorral, con destinó a la reconstrucción del Liceo Manuel Canuto Restrepo | 30.000.00 | |
|---|---|---|
| f) Para entregar al señor Cura Párroco de Alejandría, con destino a la reconstrucción del templo | 30.000.00 | |
| g) Para entregar al Tesorero Municipal de Argelia, con destino a la reconstrucción de la escuela rural "La Julia" | 15.000.00 | |
| h) Para entregar al Tesorero Municipal de Campamento, con destino a la reconstrucción del Colegio de Nuestra Señora del Rosario | 15.000.00 | |
| i) Para entregar al Tesorero Municipal del Carmen de Viboral, con destino a las reparaciones del Liceo Departamental | 20.000.00 | |
| j) Para entregar al Tesorero Municipal de Cocorná, con destino a la reconstrucción del Palacio Municipal | 50.000.00 | |
| k) Para entregar al señor Cura Párroco de Granada, con destino a la reconstrucción del templo | 50.000.00 | |
| l) Para entregar al señor Cura Párroco de Maceo, con destino a reparaciones en el templo | 30.000.00 | |
| m) Para entregar al señor Cura Párroco de Marinilla, con destino a reparaciones en el templo | 15.000.00 | |
| n) Para entregar al señor Cura Párroco de Guatapé, con destino a reparaciones en el templo | 40.000.00 | |
| ñ) Para entregar al Tesorero Municipal de Rionegro, con destino a la reconstrucción de la escuela de niños en Cuatro Esquinas | 30.000.00 | |
| o) Para entregar al señor Cura Párroco de San Carlos, con destino a la reconstrucción del templo | 20.000.00 | |
| p) Para entregar al señor Cura párroco de San Pedro, con destino a la reconstrucción del templo | 30.000.00 | |
| q) Para entregar al Tesorero Municipal de San Roque, con destino a reparaciones en el Hospital Municipal | 15.000.00 | |
| r) Para entregar al señor Cura Párroco de San Vicente, con destino a la reconstrucción del templo | 15.000.00 | |
| s) Para entregar al señor Cura Párroco de Santo Domingo, con destino a reparaciones del templo | 30.000.00 | |
| t) Para entregar al Tesorero Municipal de Santuario, con destino a la reconstrucción de la escuela de La Paz | 10.000.00 | |
| u) Para entregar al señor Cura Párroco de Santuario, con destino a la reconstrucción del templo de San Judas | 20.000.00 | |
| v) Para entregar al señor Cura Párroco de Sansón, con destino a la reconstrucción de la Catedral | 50.000.00 | |
| w) Para entregar al señor Cura- Párroco de Yalí, con destino a la reconstrucción del templo | 10.000.00 | |
| Total | 525.000.00 |
Artículo 2°, Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 24 de octubre de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Gobierno, Misael Pastrana Barrero. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama
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