Sobre apropiación de fondos para las carreteras a que se refiere la Ley 67 de 1940

Rango Decreto
Publicación 1941-11-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la He pública de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

TENIENDO EN CUENTA:

que mientras el Gobierno dispone de los recursos de que traía Ja Ley 67 de 1940, para hacer frente a los gastos de las obras cuyos trabajos están organizados actualmente, es indispensable dotar a tales obras en sus apropiaciones en las partidas disponibles, efectuando las modificaciones necesarias eon el fin de no supender los trabajos,

DECRETA:

Artículo único. Modificase, en la forma que se expresa a continuación, las apropiaciones hechas por Decretos números 937, 1353, 1418 y 17(56., del corriente año, para las siguientes carreteras:
VII. Carretera del Sarare. 95.000.00
IX. Carretera Pasto-Puerto Asís 69.000.00
X. Carretera Paiidi-Colombia 75.000.00
XX. Carretera Sabanalarga-Mvmalí H6.0Ü0.00
XXII. Carretera Ciénaga-Fundación 150.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de noviembre de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministre de Obras Públicas,

José GOMEZ PINZON

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