Por el cual se adscriben unas funciones al Fiscal de la Brigada de Institutos Militares

Rango Decreto
Publicación 1947-06-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Código de Justicia Penal Militar, adscribense al Fiscal de la Brigada de Institutos Militares las funciones de Fiscal de la 6ª Brigada.
Artículo 2º Las comisiones del servicio que deba cumplir este funcionario por razón del presente Decreto, serán autorizadas en cada caso por el Ministerio de Guerra.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 14 de junio de 1947.

MARIANO ORPINA PEREZ

Ministro de Guerra,

Fabio LOZANO Y LOZANO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.