Por el cual se hace un traslado dentro del presupuesto de la actual vigencia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y en vista de la aprobación dada por el honorable Consejo de Ministros al traslado pedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores,
DECRETA:
Hágase en el Presupuesto de la presente vigencia, el siguiente traslado:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
| Del artículo 55, del capítulo 19, viáticos consulares, la suma de | $ | 10,000 |
|---|---|---|
| Del capítulo 20, artículo 62, demarcación de límites, la suma de | 30,000 | |
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| Suma | $ | 40,000 |
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| Para hacer los siguientes traslados: Al capítulo 19, artículo 51, sueldos y gastos diplomáticos, la suma de | 16,300 | |
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| Al capítulo 19,artículo 52, sueldos y gastos consulares, la suma de | 21,035 | |
| Al capítulo 19, artículo 53, emolumentos consulares, la suma de | 2,000 | |
| Al capítulo 19.artículo 52-B, para pagar los gastos hechos por el actual Cónsul General de Colombia en Londres, de arrendamiento de local, alumbrado y teléfono en, 1930, la suma de | 665 | |
| Suma | $ | 40,000 |
| Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1933. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de. Educación Nacional, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores, Pedro M. CARREÑO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1933. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de. Educación Nacional, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores, Pedro M. CARREÑO | Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1933. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de. Educación Nacional, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores, Pedro M. CARREÑO |
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