POR EL CUAL SE REORGANIZA EL DEPARTAMENTO DE CORREOS DEL MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS

Rango Decreto
Publicación 1934-10-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1°. A partir del 11 de octubre en curso, el personal y las asignaciones mensuales de los empleados del Departamento de Correos, serán los siguientes:
Artículo 2°. El gasto que demanda el cumplimiento del presente Decreto se imputara al capítulo 50, artículo 220, del presupuesto de la actual vigencia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de octubre de1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Benjamín SILVA HERRERA

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