Por el cual se hacen algunas modificaciones a la división territorial judicial del país

Rango Decreto
Publicación 1988-09-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 7
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 30 de 1987, y oída la Comisión Asesora por ella establecida,

DECRETA:

Artículo 1ºCréase un Juzgado Superior en el circuito Judicial de San Andrés (Isla), con la siguiente planta de personal:
Nº DE CARGOS DENOMINACION GRADO
1 Juez 17
1 Secretario 10
1 Oficial Mayo 09
1 Escribiente 05
1 Citador 04
Artículo 2ºCréase un Juzgado Promiscuo Territorial en San Andrés (Isla) con la siguiente planta de personal:
Nº DE CARGOS DENOMINACION GRADO
1 Juez 15
1 Secretario 09
1 Oficial Mayor 08
1 Escribiente 05
1 Escribiente 04
1 Citador 08
Artículo 3ºLos juzgados creados por los artículos anteriores se radicarán en la Isla de San Andrés y tendrán la jurisdicción y competencia que según las disposiciones procesales vigentes les correspondan.
Artículo 4ºIncreméntase en un (1) escribiente grado 09 la planta de personal de cada uno de los Juzgados Penal, Civil y Laboral únicos del Circuito de San Andrés (Isla) actualmente existentes.
Artículo 5ºIncreméntase la planta de personal del Juzgado Territorial actualmente existente en San

Andrés (Isla) en:

Nº DE CARGOS. DENOMINACION GRADO
1 Oficial Mayor 08
1 Escribiente 05
Artículo 6ºIncreméntase la planta de personal del Juzgado Promiscuo municipal actualmente existente en la Isla de Providencia en un (1) escribiente grado 05.
Artículo 7º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de septiembre de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Justicia,

Guillermo Plazas Alcid.

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del señor Ministro de Hacienda,

Arturo Ferrer Carrasco.

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