por el cual se abre un crédito adicional -extraordinario- al Presupuesto vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), y se dicta una disposición

Rango Decreto
Publicación 1958-07-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de Colombia,

obrando de conformidad con las disposiciones de los artículos 121 y 206 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo primero: Adiciónase los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro la la Nación para la presente vigencia fiscal, en la cantidad de diez y siete millones quinientos mil pesos ($ 17.500.000.00) moneda corriente, que se incorpora con imputación al numeral siguiente:

Recursos del Crédito.

Numeral 139. Producto de la emisión del Certificado Provisional de Bonos Internos de Salinas -1957- número 21 de la Clase "B", del 3% de internes anual, para financiar el ensanche de la Planta de Soda, de Betania, la industria salinera (Concesión), de conformidad con el contrato celebrado el 13 de diciembre de 1957, aprobado por Decreto legislativo 0384 del mismo año, y las estipulaciones del, convenio elevado a escritura pública número 5575 de 5 de septiembre de 1950 de la Notaría Segunda de

Bogotá $ 17.500.000.00
Total 17.500.000.00
Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional -extraordinario- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Gastos de Administración, Auxilios y Otros.

CAPITULO 111-A

Inversiones y Gastos con Recursos del Crédito.

253. Al artículo 1160-D. Para entregar al Banco de la República el Certificado Provisional de Bonos Internos de Salinas -1957- número 21, de la Clase "B", del 3% de interés anual, emitido para financiar el ensanche de la Planta de Soda, de Betania, de la planta de sal y de la industria salinera (Concesión), de conformidad con el contrato celebrado el 13 de diciembre de 1957, artículo 10.º, aprobado por el Decreto legislativo 0384 del mismo año, y las estipulaciones del convenio elevado a escritura pública 253. Al artículo 1160-D. Para entregar al Banco de la República el Certificado Provisional de Bonos Internos de Salinas -1957- número 21, de la Clase "B", del 3% de interés anual, emitido para financiar el ensanche de la Planta de Soda, de Betania, de la planta de sal y de la industria salinera (Concesión), de conformidad con el contrato celebrado el 13 de diciembre de 1957, artículo 10.º, aprobado por el Decreto legislativo 0384 del mismo año, y las estipulaciones del convenio elevado a escritura pública 253. Al artículo 1160-D. Para entregar al Banco de la República el Certificado Provisional de Bonos Internos de Salinas -1957- número 21, de la Clase "B", del 3% de interés anual, emitido para financiar el ensanche de la Planta de Soda, de Betania, de la planta de sal y de la industria salinera (Concesión), de conformidad con el contrato celebrado el 13 de diciembre de 1957, artículo 10.º, aprobado por el Decreto legislativo 0384 del mismo año, y las estipulaciones del convenio elevado a escritura pública
número 5575 del 5 de septiembre de 1950, de la Notaría 2ª de Bogotá $ 17.500.000.00
Total $ 17 500.000.00
Artículo tercero. En cumplimiento de las funciones que le asigna la Constitución Nacional, el Contralor General de la República determinará la forma de comprobación de los gastos, pagos e inversiones apropiadas en el artículo anterior.
Artículo cuarto. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 9 de junio de 1958.

Mayor General GABRIEL PARIS,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General RafaelNavas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Gobierno, Mayor General Pioquinto Rengifo.-El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, Rodrigo Hoguera Laborde.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.- El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro del Trabajo, Raimundo Emiliani Román. El Ministro do Salud Pública, Juan Pablo Llinás. El Ministro de Fomento, Harold Eder Caicedo. El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala-El Ministro de Educación Nacional, Alonso Carvajal Peralt.-El Ministro de Comunicaciones, Brigadier General Alfonso Ahumada- El Ministro de Obras Públicas, Roberto Salazar Gómez.

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