Por el cual se destina una partida para los gastos de restaurantes escolares de la Cruz Roja Nacional

Rango Decreto
Publicación 1939-10-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida asignada para auxiliar los restaurantes escolares de Antioquia, se tomará la cantidad de dos mil pesos ($ 2.000) con destino a los restaurantes que sostiene la Cruz Roja Nacional en Medellín.

Parágrafo. La expresada suma será girada a la Cruz Roja Nacional, Comité Departamental, de Medellín, en un contado.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de octubre de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

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