Por el cual se adiciona la estructura administrativa del Departamento Administrativo Nacional de Estadística y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 1988-09-23
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confiere el artículo 11 del Decreto 3167 de 1968,

DECRETA:

I

ORGANIZACION DEL DEPARTAMENTO.

Artículo 1º La organización del Departamento Administrativo Nacional de Estadística será la siguiente:
1. DESPACHO DEL JEFE.
1.1. Oficina de Planeación.
1.2. Oficina Jurídica.
2. SECRETARIA GENERAL.
2.1. División de Recursos Humanos.
2.1.1. Sección de Registro y Relaciones Laborales.
2.1.2. Sección de Bienestar Social.
2.2. División Administrativa.
2.2.1. Sección de Administración de Suministros.
2.2.2. Sección de Servicios Generales.
3. DIRECCION GENERAL DE ANALISIS SOCIO-ECONOMICO.
3.1. División de Estudios Económicos.
3.1.1. Sección de Estadísticas Económicas.
3.1.2. Sección de Cuentas Nacionales.
3.2. División de Censos y Proyectos Específicos.
3.2.1. Sección de Muestreo.
3.2.2. Sección de Proyectos Específicos.
3.3. División de Estudios Sociales y Demográficos.
3.3.1. Sección de Estudios Sociales.
3.3.2. Sección de Estudios demográficos.
4. DIRECCION GENERAL DE PROCESAMIENTO DE DATOS.
4.1. División de Servicio Nacional de Computación.
4.1.1. Sección de Soporte Técnico.
4.1.2. Sección de Producción.
4.2. División de Sistemas de Información.
4.2.1. Sección de Aplicaciones.
4.2.2. Sección Desarrollo de Soporte Lógico.
4.3. División de Servicios Informáticos.
4.3.1. Sección de Servicio Nacional de Inscripción.
4.3.2. Sección de Asesorías.
5. DIRECCION GENERAL DE INFORMACION TECNICA.
5.1.1. División de Recolección.
5.1.1 Sección de Cartografía.
5.2. División de Divulgación.
5.2.1. Sección Banco de Datos.
5.2.2. Sección de Promoción y Ventas.
5.3. División de Ediciones
5.3.1. Sección de Publicaciones.
6. DIRECCIONES REGIONALES.
6.1. Sección Operativa.
6.2. Sección Administrativa.
6.3. Sección de Análisis socio-económico.
7. UNIDADES DE ASESORIA Y COORDINACION.
7.1. Consejo Superior de Información y Estadística.
7.2. Comisión Nacional de Sistemas.
7.3. Junta de Licitaciones y Adquisiciones.
7.4. Comisión de Personal.

II

DESCRIPCION DE FUNCIONES.

Artículo 2ºDESPACHO DEL JEFE. El Jefe del Departamento cumplirá las funciones asignadas en los Decretos-ley 1050 y 3167 de 1968.
Artículo 3ºOFICINA DE PLANEACION. La Oficina de Planeación cumplirá las funciones asignadas en los Decretos-ley 1050 y 3167 de 1968, así como las que en desarrollo de objetivos institucionales le determine la ley, los decretos y demás normas reglamentarias.
Artículo 4ºOFICINA JURIDICA. La Oficina Jurídica ejercerá las siguientes funciones:

9 Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la Oficina.

Artículo 5ºSECRETARIA GENERAL. La Secretaría General cumplirá además de las funciones asignadas en los Decretos-ley 1050 y 3167 de 1968, las relacionadas con el diseño, desarrollo y evaluación de las políticas, planes y programas en materia de capacitación para el personal del Departamento.
Artículo 6ºDIVISION DE RECURSOS HUMANOS. Son funciones de la División de Recursos Humanos las siguientes:
Artículo 7ºSECCION DE REGISTRO Y RELACIONES LABORALES. Son funciones de la Sección de Registro y Relaciones Laborales las siguientes:
Artículo 8ºSECCION DE BIENESTAR SOCIAL. Son funciones de la Sección de Bienestar Social las siguientes:
Artículo 9ºDIVISION ADMINISTRATIVA. Son funciones de la División Administrativa las siguientes:
Artículo 10. SECCION DE ADQUISICIONES Y SUMINISTROS. Son funciones de la Sección de Adquisiciones y Suministros las siguientes:
Artículo 11. SECCION DE SERVICIOS GENERALES. Son funciones de la Sección de Servicios Generales las siguientes:
Artículo 12. DIRECCION GENERAL DE ANALISIS SOCIO-ECONOMICO. La Dirección General de Análisis socio-económico cumplirá las funciones asignadas en el Decreto-ley 3167 de 1968.
Artículo 13. DIVISION DE ESTUDIOS ECONOMICOS. Son funciones de la División de Estudios Económicos las siguientes:
Artículo 14. SECCION DE ESTADISTICAS ECONOMICAS. Son funciones de la Sección de Estadísticas Económicas las siguientes:
Artículo 15. SECCION DE CUENTAS NACIONALES. Son funciones de la Sección de Cuentas Nacionales las siguientes:

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