Por el cual se señalan las asignaciones del personal de la Oficina de Planificación

Rango Decreto
Publicación 1951-11-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y especialmente de la autorización que le confiere el Decreto-ley número 1928 de 1951,

DECRETA:

Artículo único. Las asignaciones del personal de la Oficina de Planificación, serán las siguientes:
1 1 2 1 2 Director con sueldo de. Secretario con sueldo de Secretarios Economistas con sueldo cada uno de Mecanotaquígrafa inglés-español, con sueldo de Mecanotaquígrafas, cada una con sueldo de $ 2.000.00 1.000.00 800.00 500.00 250.00 Mensuales " " " "

Comuníquese y publíquese.

Dada en Bogotá, a 20 de septiembre de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Antonio Alvarez Restrepo

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