Por el cual se hacen algunos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal de 1934

Rango Decreto
Publicación 1934-10-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO.

Que el Ministro de Agricultura y Comercio, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, solicitó, en nota de fecha 10 de los corrientes, la autorización de que trata el artículo 32 de la Ley 64 de 1931 para hacer algunos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, con el fin de atender a erogaciones relacionadas con el servicio de la deuda interna, y

Que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 11 del presente mes, concedió la autorización para efectuar tales traslados,

DECRETA:

Artículo único. Hácense en la Ley de Apropiaciones de 1934 los siguientes traslados:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

CAPITULO 24

Del artículo 72 bis. Para las obras de saneamiento-de Puerto Colombia $ 40,000

CAPITULO 32

Del artículo 98. Para el servicio de los empréstitos externos de 1906, 1911, 1913, 1916, 1920, 1927 y 1928, mediante la emisión de un scrip ofrecido en cambio de los cupones respectivos, con interés del 4 por 100 anual y amortizable en diez años, a contar de 1926 50,052

Del artículo 101. Para atender a la primera cuota de amortización del scrip, emitido para el pago de intereses, sobre bonos de los empréstitos nacionales externos 77,948

CAPITULO 33

Al artículo 104. Para atender al pago de intereses y comisiones de los bonos colombianos del 7 por 100 160,000

Artículo 108. Para atender al servicio de amortización y pago de intereses de los pagarés del Tesoro del 3 por 100, emitidos por el Gobierno Nacional para pagar derechos de aduana y otras rentas cobradas de más 6,000

Al artículo 109 A. Para amortización de bonos de prima del café 2,000
Sumas iguales $ 168,00 168,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 11 de octubre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Agricultura y Comercio, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

Jorge SOTO DEL CORRAL

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