Por el cual se revoca un nombramiento y un traslado en la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 1244 de mayó 3 de 1982 fue hombrada con carácter, ordinario la doctora Carmen Elisa García Concha, identificada con cédula de ciudadanía número 41634837 de Bogotá, como Jefe de Sección 2075-02 de la Sección de Contabilidad, Caja, Estadística y Archivo de la División Administrativa de la Administración de la Aduana de Barranquilla, de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que la citada funcionaría no manifestó .su aceptación, ni se posesionó dentro de los plazos legales de que habla el Decreto 950 de 1973.
Que sin haber tomado posesión del cargo anterior fue trasladada como Jefe de Sección 2075-02 de la Sección de Exportaciones de la División Técnica de la Administración deja Aduana de Barranquilla, de la Dirección General de Aduanas del Ministerio, de Hacienda y Crédito, Público, por Decreto 1626 de junio 2 de 1982.
Que de conformidad con los literales d) y f) del artículo 45 en concordancia con el literal í) del artículo 25 del Decreto 1950 de 1973 la autoridad nominadora debe revocar, tanto el nombramiento como el traslado de la funcionaría Carmen Elisa García Concha.
En consecuencia,
DECRETA:
Artículo 1° Revocar el artículo 3° del Decreto 1244 de mayo 3 de 1982, por medio del cual se nombra con carácter ordinario a la doctora Carmen-Elisa García Concha, identificada con cédula de ciudadanía número 41634337 de -Bogotá, en el cargo de Jefe de Sección 2075-02 de la Sección de Contabilidad, Caja, Estadística y Archivo de la División Administrativa de la Aduana de Barranquilla de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 2° Revocar el artículo 1° del Decreto 1626 de junio 2 de 1982 por medio del cual se traslada a la doctora Carmen Elisa García Concha, como Jefe de Sección 2075-02 de la Sección de Exportaciones de la División Técnica de la Administración de la Aduana de Barranquilla de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 12 de julio de 1982.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Wiesner Durán.
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