Por el cual se hace un traslado

Rango Decreto
Publicación 1934-10-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que el Ministerio, de Educación Nacional solicita un traslado por la suma de mil pesos ($ 1,000) al artículo 145, capítulo 40, del Presupuesto de la actual vigencia, para material y útiles de escritorio de las oficinas del Ministerio y sus dependencias, por haber resultado insuficiente la apropiación de dicho artículo;

Que dicha suma figura en el artículo 216, capítulo 49, del, mismo Presupuesto;

Que el señor Contralor General de la República en oficio número, 10047, de fecha 5 del mes en curso, comunica que en el citado artículo hay saldo no comprometido y se ha hecho la reserva correspondiente por la suma de mil pesos ($ 1,000) para poder verificar el traslado; y Que se han llenado las formalidades exigidas por los artículos 32 y 33 de la Ley 64 do de 1931,

DECRETA:

Artículo único. Trasládase del artículo 216, capítulo 49, del Presupuesto de la actual vigencia la suma de mil pesos ($ 1,000) al artículo 145, capítulo 40, del mismo Presupuesto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de octubre de 1934.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Educación Nacional,

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