Por el cual se traslada una partida en el Presupuesto de gastos de la actual vigencia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de facultades legales, y
considerando:
Que el Ministerio de Guerra elevó al Consejo de Ministros la solicitud ordenada por la ley para hacer el traslado de seis mil pesos ($ 6,000), del artículo 416 al artículo 417, ambos del capítulo 39 del Presupuesto actual;
Que el honorable Consejo de Ministros en su sesión del día 16 de los corrientes, aprobó el traslado solicitado por haberse llenado los requisitos exigidos por la Ley 34 de 1923,
decreta:
Artículo 1° Trasládase en el Presupuesto de la actual vigencia, ramo de Guerra, la siguiente partida:
| Capítulo 39. Del artículo 416 | $ | 6,000 | |
|---|---|---|---|
| AI artículo 417 | 6,000 | ||
| $ | 6,000 | 6,000 |
Artículo 2° Dése al Departamento de Contraloría el aviso correspondiente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de noviembre de 1926.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Guerra, Ignacio RENGIFO B.
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