Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

Rango Decreto
Publicación 1916-11-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 1.° del presente año, sobre el Ferrocarril del Tolima, y la circunstancia de haberse contratado ya el empréstito que ella autoriza,

decreta:

Artículo único. Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año económico de 1916 con la cantidad de cien mil pesos ($ 100,000), que llevará la imputación que én seguida se indica:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 64,

Ferrocarriles.

Artículo 557-A. Para la prolongación del Ferrocarril del Tolima hasta la ciudad de Ibagué, de que trata

la Ley 1.° de 1916 $ 100,000
Total $ 100,000

Parágrafo. Las oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de noviembre de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro del Tesoro,

Alfonso ROBLEDO.

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