Que dispone establecer provisionalmente en el Hospital de San Juan de Dios un Laboratorio de la Facultad de medicina y Ciencias Naturales de Bogotá
El vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales, y
DECRETA
Art. 1.° El Laboratorio de Bacteriológico que conforme al Contrato de fecha 6 de Noviembre de 1895, celebrado con el Sr. Francisco J. Tapia, se estaba estableciendo para servicio de la Facultad de Medicina y Ciencias Naturales, se establecerá provisionalmente y por el tiempo de la guerra, en el Hospital San Juan de Dios, de esta ciudad.
Este Laboratorio será además de Histología y de Química clínica.
Art. 2.° El Director del Laboratorio tendrá obligación de hacer la preparaciones histológicas y los análisis químicos que soliciten los Profesores de Clínica en el Hospital expresado.
Art. 3.° Los aparatos y utensilios que actualmente existen en el local de la Facultad de Medicina y Ciencias Naturales para el servicio del curso de Bacteriología pasarán al Hospital, y serán entregados por el Rector de la Facultad, bajo riguroso inventario, al Director del Laboratorio, Sr. Francisco Tapia.
De este inventario se enviará una copia al Ministerio de Instrucción Pública, y otra quedará en el Rectorado de la Facultad de Medicina.
Art. 4.° El Director del Laboratorio Bacteriológico tendrá una Ayudante, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.° del Contrato arriba citado, cuyo nombramiento se hará de conformidad con lo que allí mismo indica.
Art. 5.° El Director y el Ayudante disfrutarán de la asignación mensual de $200 y $40, respectivamente, de acuerdo con lo estipulado en el Contrato, y se imputarán al Capítulo 49, artículo 329 del Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso.
Art. 6.° El Síndico del Hospital de San Juan de Dios dictará las medidas necesarias para suministrar en local en que deba establecerse temporalmente el Laboratorio.
Comuníquese.
Dado en Bogotá, á 1.° de Noviembre de 1900.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Instrucción Pública,
MIGUEL ABADÍA MENDEZ
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