Por el cual se reduce el personal de la cañonera Colombia

Rango Decreto
Publicación 1916-02-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Redúcese la guarnición de la cañonera Colombia al siguiente personal:

Un Sargento primero.

Un Sargento segundo.

Un Cabo primero y

Diez soldados.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de febrero de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Guerra, Antonio José CADAVID.

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