Por el cual se crea una oficina en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en usos de sus facultades legales,
decreta:
Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Bosa (Departamento de Cundinamarca), con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 20 |
|---|---|---|
| Un Cartero, con | 3 | |
| Para gastos de alumbrado | 1 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 1.° de febrero de 1917.
JOSE VICENTE CONCHA--Por el Ministro de Gobierno, el Secretario encargado, Juan de la Cruz DUARTE.
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