por el cual se señalan las zonas de sostenimiento de la red de Carreteras Nacionales en servicio, y se distribuye la partida apropiada en el Presupuesto actual para los trabajos de conservación, adiciones y mejoras de tales vías

Rango Decreto
Publicación 1949-02-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

TENIENDO EN CUENTA:

DECRETA:

Artículo primero. La red de Carreteras Nacionales en servicio, estará dividida en 17 Zonas, para todo lo que se relacione con la organización y dirección de los trabajos de adiciones y mejoras y sostenimiento. Cada una de esas Zonas estará formada por las carreteras que se expresan en seguida:

PRIMERA ZONA-Barranquilla

SEGUNDA ZONA-Bogotá

TERCERA ZONA- Bucaramanga

CUARTA ZONA-Cali

QUINTA ZONA-Cartagena

SEXTA ZONA-Ibagué

SÉPTIMA ZONA-Manizales

OCTAVA ZONA-Medellín

NOVENA ZONA-Neiva

ñ) Carretera Florencia-Venecia-Montañita.

DECIMA ZONA-Ocaña

UNDECIMA ZONA-Pamplona

1) Carretera Espino-Chiscas.

DUODECIMA ZONA -Paulo

DECIMATERCERA ZONA-Popayán

DECIMACUARTA ZONA-Quibdó

DECIMAQUINTA ZONA- Tunja

DECIMASEXTA ZONA-Valledupar

DECIMASEPTIMA ZONA-Villavicencio

Artículo segundo. La partida de diez millones quinientos mil pesos ($ 10.500.000) apropiada en el Capítulo 110, artículo 2165 del Presupuesto ordinario de la vigencia fiscal en curso, para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de Carreteras Nacionales, inclusive la carretera de Cali a Buenaventura, se distribuye así:
Para la Zona de Barranquilla $ 165.000.00
Para la Zona de Bogotá 850.000.00
Para la Zona de Bucaramanga 800.000.00
Para la Zona de Cali 460.000.00
Para la Zona de Cartagena 320.000.00
Para la Zona de Ibagué 600.000.00
Para la Zona de Manizales 620.000.00
Para la Zona de Medellín 700.000.00
Para la Zona de Neiva 600.000.00
Para la Zona de Ocaña 200.000.00
Para la Zona de Pamplona 650.000.00
Para la Zona de Pasto 640.000.00
Para la Zona de Popayán 500.000.00
Para la Zona de Quibdó 300.000.00
Para la Zona de Tunja 800.000.00
Para la Zona de Valledupar 400.000.00
Para la Zona de Villavicencio 400 000.00
Para Vías de San Andrés 41.000.00
Para Santa Marta-Sierra Nevada 24.000.00
Para gastos generales de carreteras 100.000.00
Para reparación de la pavimentación Los Alpes- Villeta 200.000.00
Para reparación de la pavimentación Bogotá- Sibaté 50.000.00
Para reparación de puentes 130.000.00
Para la carretera Cali-Buenaventura 250.000.00
Para adquisición de equipos con destino a conservación de carreteras 500.000.00
Para pago de cuentas pendientes de vigencias anteriores, del servicio de conservación de carreteras 200.000.00
Total $ 10.500.000.00

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 3 de febrero de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Obras Públicas,

Luis lanado ANDRADE

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