por el cual se suprimen unos cargos, se fijan unas asignaciones y se hace un nombramiento. (Ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1949-07-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo primero. En la Zona de Carreteras Nacionales de Tunja se suprimen Los siguientes cargos;
Articulo secundo. Fijase en setecientos .pesos ($ 700) mensuales el sueldo del Médico Jefe de la Zona de Carreteras Nacionales de Tunja.
Artículo tercero. A partir de la fecha del presente Decreto, el sueldo del Secretario Revisor de la Reconstrucción de Tumaco será de cuatrocientos cincuenta pesos ($ 450) mensuales.
Artículo cuarto. Nómbrase a la señorita Graciela López Oficial de Estadística de la Zona de Carreteras Nacionales de Tunja, en reemplazo del señor Luis Alfonso Sarmiento, quien renunció.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de julio de 1949

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO--El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO.

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