Por el cual se hacen algunas modificaciones a la nómina de personal civil del Ministerio de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1941-11-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y de conformidad con el artículo 7º de la Ley 87 de 1940,

DECRETA:

Artículo 1° Suprímense los siguientes cargos en la Dirección General de los Servicios de las Fuerzas Militares:

Servicio de Intendencia-Asesoría:

1 Asesor Comercial, Visitador.

1 Traductor.

Departamento de Construcciones-Sección 1ª, Planos y Construcciones:

1 Ingeniero 1º, de Cálculos

1 Dibujante 2º

Sección 2ª-Reparación y Utilización:

1 Dibujante 2º

Artículo 2º Créanse en el Departamento de Control y Ordenación del Presupuesto los siguientes cargos, con las asignaciones mensuales que a continuación se expresan:
1 Oficial de Control Administrativo $ 220,00
2 Visitadores Fiscales, a $ 150 cada uno 300,00
Artículo 3º Las disposiciones del presente Decreto rigen con fecha 1º de diciembre próximo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de noviembre de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Guerra,

Gonzalo RESTREPO

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