Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Educación Nacional)

Rango Decreto
Publicación 1943-10-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente ele la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 19 de octubre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en la nota número 1404 procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 25372 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 7.

Artículo 2° El presente decreto rige desde su fecha

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de octubre de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Arcesio LONDOÑO PALACIO

Por el Ministro de Educación Nacional,

Roberto Ancizar Sordo, Secretario General, autorizado.

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