Por el cual se crea un puesto más de Expendedor de estampillas de correo en la ciudad de Medellín
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo único. Créase en la capital del Departamento de Antioquia un puesto más de Expendedor de especies postales, el cual tendrá como estipendio el ocho por ciento (8 por 100) del producto de las ventas, y prestará una fianza personal cuya cuantía determinará el señor Administrador
Principal de Correos de la ciudad de Medellín.
Comuniqúese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de noviembre de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno.
Miguel ABADIA MENDEZ.
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