Por el cual se fija una asignación en el ramo de Correos

Rango Decreto
Publicación 1916-11-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales,

decreta:

Artículo único. Fíjase en treinta pesos ($ 30) el sueldo mensual del Conductor del correo diario a Nemocón, a contar del día primero de diciembre próximo venidero.

Comuniqúese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de noviembre de 1916.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Gobierno,

Miguel ABADIA MENDEZ.

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