Por el cual se crea una plaza en la Estación Radiotelegráfica Central de Bogotá y se hace un nombramiento

Rango Decreto
Publicación 1940-11-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Articulo 1º Créase a partir de la fecha del presente Decreto, una plaza de Operador Perforador en la Estación Radiotelegráfica Central de Bogotá, con asignación mensual de $ 60.

Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento de este artículo se imputará a la partida correspondiente del presupuesto de gasto del Ministerio de Correos y Telégrafos, en el capítulo de Servicio de Cables y Radiocomunicaciones.

Articulo 2º Nómbrase al señor Carlos Arturo Hinestrosa para proveer la plaza creada en el artículo 1º del presente Decreto.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 29 de octubre de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LERAS RESTREPO

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alfredo CADENA D'COSTA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.