por medio del cual se aprueba el Acuerdo número 012 de junio 26 de 1987, del Servicio Naviero Armada Republica de Colombia, SENARC , sobre Fijación de la planta de personal de empleados públicos
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto número 1042 de 1978, artículo 74,
DECRETA:
Articulo 1ºApruébase el Acuerdo número 012 de Junio 26 de 1987, emanado de la Junta Directiva del Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC, cuyo texto es el siguiente:
"ACUERDO NUMERO 012 DE 1987
(junio 26)
por el cual se fija la planta de personal de empleados públicos del Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC.
La Junta Directiva del Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC, en uso de las facultades legales que le confiere el Decreto 100 de enero 18 de 1984, artículo 10, literal b) y el Decreto 1207 de mayo 22 de 1984 aprobatorio del Acuerdo 003 de abril 12 de 1984, artículo 11, literal b),
ACUERDA:
Artículo 1° La planta de personal de empleados públicos del Servicio Naviero Armada República de Colombia, SENARC, será la siguiente:
| No. de Cargos | Dependencia y denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| GERENCIA. | GERENCIA. | GERENCIA. | GERENCIA. |
| 1 | Gerente de Empresa Industrial y Comercial del Estado Directivo | 0010 | 06 |
| DIVISION FINANCIERA. | DIVISION FINANCIERA. | DIVISION FINANCIERA. | DIVISION FINANCIERA. |
| Sección de Contabilidad, Pagaduría y Cartera. | Sección de Contabilidad, Pagaduría y Cartera. | Sección de Contabilidad, Pagaduría y Cartera. | Sección de Contabilidad, Pagaduría y Cartera. |
| 1 | Tesorero Administrativo | 5015 | 18 |
| DIVISION ADMINISTRATIVA. | DIVISION ADMINISTRATIVA. | DIVISION ADMINISTRATIVA. | DIVISION ADMINISTRATIVA. |
| Sección de Administración Materiales y Distribución. | Sección de Administración Materiales y Distribución. | Sección de Administración Materiales y Distribución. | Sección de Administración Materiales y Distribución. |
| 1 | Jefe de Almacén Administrativo | 5060 | 13 |
| 1 | Almacenista Administrativo | 5080 | 11 |
| 4 | Almacenista Administrativo | 5080 | 09 |
Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 015 de octubre 11 de 1984 y para su validez, requiere aprobación por Decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a junio 26 de 1987.
(Fdo.) General Rafael Samudio Molina, Presidente.
(Fdo.) Doctora Gladys Ramírez Osorio, Secretaría".
Articulo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 104 de enero 14 de 1985.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de octubre de 1987.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.
El Ministro de Defensa Nacional,
General Rafael Samudio Molina.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Joaquín Barreto Ruiz.
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