Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal 1961. (Ministerio de Salud Pública) por $ 54.800.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere la Ley 28 de 1961, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del parágrafo del artículo 7° de la Ley 28 de 1961, se autorizó al Gobierno Nacional para hacer las traslaciones necesarias en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento de cada Ministerio o Departamento Administrativo, sin variar la asignación global correspondiente a cada entidad, con el único requisito de la expedición del Certificado de Disponibilidad por el Contralor General de la República;
Que para el normal desarrollo de las labores del Ministerio de Salud Pública es necesario hacer algunas traslaciones dentro de su presupuesto de funcionamiento, y
Que para amparar las traslaciones de que se trata, la Contraloría General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 34 de 1961, por la cantidad de $ 54.800.00.
DECRETA:
Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1961, con base en el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 34 del mismo año, expedido por la Contraloría General de la República:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Contracréditos.
II-Financiamiento.
CAPITULO 0917
Financiamiento a cargo del Ministerio.
Programa VI
Nutrición
Transferencias.
| 204 336. Del artículo 9310. Para funcionamiento y sostenimiento de la Planta de Leche de Chiquinquirá | $ 54.800.00 | |
|---|---|---|
| Suman los contracréditos | $ 54.800.00 |
Créditos.
CAPITULO 0915
División de Personal
Servicios personales.
| 101 331 Al artículo 9280. Sueldos del personal de nómina | $ 51.000.00 | |
|---|---|---|
| 102 331 Al artículo 9281. Prima de Navidad | 3.800.00 | |
| Suman los créditos | $ 54.800.00 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 21 de agosto de 1961.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Obras Públicas, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público.
Misael Pastrana Borrero.
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