por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)
(Ministerio de Obras Públicas)
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que el Consejo de Ministros, en sus sesión del día 13 de junio del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Capítulo 91.
| Del artículo 1872. Para adquisición y suministro a las obras y dependencias del Ministerio de Obras Públicas, de drogas, elementos sanitarios, formularios de contabilidad, de almacenes y de estadística, en el año | 379.10 |
|---|---|
| Capítulo 95. | |
| Del artículo 1914. Para gastos en los trabajos de limpia del rio Magdalena, el Bajo Cauca, Nechí y Meta, en el año | 312.00 |
| Capítulo 98. | |
| Del artículo 1950. Para gastos de conservación y de adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, inclusive la de Cali a Buenaventura, según distribución que hará el Gobierno | 703.86 |
| Capítulo 99. | |
| Del artículo 2043. Para la carretera Sardinata-Abrego | 52.50 |
| Capítulo 104. | |
| Del artículo 2228. Para gastos de estudios y reconocimiento de las zonas oro hidrográficas del país, y para atender al cumplimiento de los contratos que se celebren en virtud de la Ley 113 de 1928 | 14.600.00 |
| Capítulo 108. | |
| Del artículo 2244. Para el pago de cuentas pendientes de vigencias anteriores | 15.597.00 |
| Suman los contracréditos | 31.644.46 |
| Capítulo 99. | |
| Al artículo 1958. Para la carretera Aguadas-Arma-La Pintada | 15.597.00 |
| Capítulo 108. | |
| Del artículo 2244. Para el pago de cuentas pendientes de vigencias anteriores | 16.047.46 |
| Suman los créditos | 31.644.46 |
Artículo 2º El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de junio de 1947.
MARIANO ORPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de Obras Públicas
Luis Ignacio ANDRADE
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