Por el cual se señala el precio de venta de sal en los Almacenes de esta ciudad
El Vicepresidente de la República, encargado del poder Ejecutivo,
DECRETA:
Artículo único. Los precios de venta por libras, en los Almacenes oficiales establecidos en Bogotá, serán en lo sucesivo los siguientes:
| Sal compactada, la libra | $ 2 |
|---|---|
| Sal de morona limpia, la libra | $ 1 |
| Sal de morona sucia, la libra | 0 20 |
Parágrafo. Quedan en estos términos reformadas las disposiciones anteriores sobre la materia
Dado en Bogotá, á. 13 de Febrero de 1903
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Hacienda
ARISTIDES FERNANDEZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.